Si eres un usuario de cualquier tipo vehículo eléctrico ya sea un patinete eléctrico, una bici o un vehículo de movilidad personal parecido a un patinete eléctrico pero un poco más potente este artículo te interesa y mucho.
Esta nueva norma, más en concreto instrucción lo que hace es adaptar a España la normativa europea sobre vehículos de movilidad personal y es más que necesario que la conozcas ya que según el tipo de patinete que conduzcas te puedes arriesgar a que te impongan multas de hasta 2.000 € y la retirada de tu patinete por parte de la policía.
La instrucción aclara lo que se considera un patinete, es decir, este no podrá superar los 25 km/h.
Esto deja fuera de esta consideración un gran número de vehículos que superan esta velocidad, pero quizás lo más preocupante es que la mayoría los patinetes que la superan no cuentan con ninguna homologación por parte de sus marcas y no se podrán matricular, enfrentándose por tanto a multas que pueden superar los 2.000 € y la retirada del vehículo por parte de la autoridad.
Instrucción de la DGT del 03/12/2019
Exactamente la DGT publicó el día 3 de diciembre de 2019 esta nueva instrucción que digamos que aclara lo que es considerado un patinete eléctrico y lo que no y los que no pasarían por tanto pasan a considerarse ilegales y no pudiéndose conducir por las vías urbanas o interurbanas.
El 50 % de los patinetes eléctricos que circulan actualmente pasan a considerarse como ilegales
Según la actual normativa, que ya ha entrado en vigor, podemos diferenciar entre los que se consideran como V.M.P y los que no, y a su vez estos últimos entre los que se podrán homologar para su circulación y los que no.
Tipos de patinete eléctricos según normativa de la DGT
Tipo A, Patinete eléctrico legal
:Son aquellos que su velocidad está comprendida entre los 6 y los 25 km por hora, pero que además, y esto es muy importante, esté especificado en las características técnicas del fabricante. Por ahora la potencia del vehículo es irrelevante, lo importante en este caso es que su velocidad máxima esté limitada al máximo de 25 km/h.
Tipo B, Patinete eléctrico que supera los 25 km/h
Si tu vehículo está en este caso no significa que sea ilegal, simplemente que si quieres circular con él de una manera legal tendrás que hacer los siguientes trámites para legalizarlo:
- Tendrás que matricularlo.
- Contratar un seguro para tu patinete.
- Contar con un permiso de circulación y pagar el impuesto municipal correspondiente.
- Tener en vigor un carnet o licencia de conductor.
Patinetes eléctricos homologados
En el caso que tu V.M.P. supere esta velocidad deberás fijarte en que en las características técnicas del fabricante cuente con la homologación pertinente para la U.E. y en este caso podrás proceder a realizar los trámites para su matriculación.
En caso contrario el proceso se complica, ya que tendrías que acudir a un laboratorio de certificación y solamente los trámites superarían con creces el valor del patinete. Si este es tu caso, mejor que guardes el patinete y solo lo conduzcas fuera de vías públicas.
Patinetes eléctricos con sillín
La nueva instrucción de la DGT específica que para que se consideren patinetes Tipo A los sillines no pueden superar la altura de 54 cm desde el suelo, de lo contrario y aunque no superen los 25 km/h pasarían a considerarse como tipo b.
Patinetes asimilables a ciclomotores
Son aquellos que superan los 25 km/h y cuentan con una potencia nominal superior a 1000 W de potencia nominal, una velocidad máxima de 45 km/h y serán considerados ciclomotores a efectos legales.
Patinetes asimilables a motocicletas
En el caso de superar los 45 km/h y contar con una potencia nominal superior a 4000 w tendrán la consideración de motocicletas.
Patinetes eléctricos no homologados o modificados
Estos vehículos no podrán circular por las vías públicas siempre que superen los 25 km/h.
Buenos días :
Mi caso es similar al de Jessica, con mi patinete me muevo perfectamente con sillín ya que tengo una discapacidad física de 46%. Me pregunto si hay forma de legalizar o homologar un patinete para circular y que no pongan trabas a la hora de entrar en transporte público ya que por peso y por espacio es lo mas hábil, para nosotros.
Hola Arsenio, a día de hoy lamentablemente no, pero la normativa está en pleno cambio, por lo que seguro que se deberá de tener en cuenta el tipo de factores que nos indica. Si que hay no obstante otros vehículos de movilidad eléctrica en los que se puede ir sentado.
hola me han multado 500euros x tener un patinete que no es de la union europea y mi pregunta es legal y si podria recurrirla
Hola, no somos especialitas en multas, pero te comentaria que todavía estamos dentro del periodo transitorio hasta que todos deban estar homologados
Te contesto yo ,La multa no puedes recurrir págalo y la proxima dile que arregla las calsadas y las carreteras. MIRA EN ESO SE FIJA PERO QUE LAS CARETERAS Y CALSADAS QUE ESTA EN MAL ESDADO NO SE FIJAN.,QUERN DINERO los de la D G T
Hola, en caso de contar con carnet de discapacidad del 46% con movilidad reducida, puedo usar el sillin en patinete electrico? o tambien tengo la restriccion de altura? porque el modelo que queria comprar la altura supera: SMARTGYRO e-Xplorer
Gracias
Deberías de preguntar al fabricante si está homologado para su conducción con tu grado de discapacidad.
Te contesto yo ,que esa o ese no sabe, No no puedes en españa te multa 500 euro aunque es sillín viene con el patinete por donde no hay policía vete tranquilamente y si hay no lo usas porque te multa con 500 euros A la policía no le importa si el patinete viene con el asiento. Te multa, pero las carreteras en mal estado no.Eso no.
Hola quería saber si el cecotec bongo z es legal ya que me. Gustaría comprarlo porque en la zona donde vivo hay varias cuestas y necesito un buen motor para no tener que empujar el patinete. Y según indica tiene una potencia nominal de 500w pero la potencia máxima supera los 1000w.
La velocidad está limitada a 25km pero me preocupan eso 100w de más de la potencia máxima
Podrían aclararme si es legal o no y si n cesitaris seguro o alguna cosa para llevarlo?. Gracias de antemano!
Si la velocidad está limitada en las características técnicas entendemos que no tendrás problema, excepto que las modifiques claro.
Te contesto yo.Te cuento,,la normativa de la D G T es ,patinete potencia máxima 500 velocidad 25 km. Máxima,A. D G T no le importa las calsadas carreteras en mal estado.Le importa multar ,porque hoy en día los patinetes nos ahoramos el dinero,y la D G T tiene pérdida de dinero,se ve en las carreteras y las calsadas.y queré que lo pagamos los patinetes matriculado. A si que no te aconsejo matricular el patinete da igual que pasa de potencia y de velocidad. Tu anda delante de la policía a 25 km. Por hora
Hola: con la nueva normativa de 2021
Si mi patinete tiene sillin a 54cm de altura
y la máxima velocidad es de 25 kilómetros hora.
Esta permitido circular por el carril bici.
Gracias.
En la normativa de la DGT lo tienes especificado, te aconsejamos que revises nuestro artñiculo
Ya te digo yo si ese o esa no quiere decírtelo.. No no puedes andar con el sillín te multa 500 EUROS
Yo compré un patinete a gasolina hace poco quería saber si puede circular por la calle en Madrid gracias
Hola Diago, si es un vehículo a motor de combustión casi con total seguridad deberá de estar matriculado para poder circular
perdon el otro mensaje esta mal, es un patinete de 800w.
contacte con una compañia de matriculacion de vehiculos y no tramitan este tipo de vehiculos.
Si el patinete cuenta con hologación CE puedes hacer tu el trámite si quieres. Sinó cuenta con esta homologación legalmente solo puedes usarlo en vías privadas.
S2
Perdon no dije que es con sillin. gracias
El asiento aquí en España no lo puedes usar ,porque yo tuve que pagar una multa de 500 euros,, si estás en un pueblo menos de 45 mil habitantes y pocos policías puedes circular. Y te aconsejo no abandonas tu patinete.
HOLA, YO TENGO UN PATINETE-SCOOTER 80W 40KMH
debo dematricularlo?
un gestor puede hacerme el papeleo?
Si pero ya te digo que no merece la pena en arreglar los papeles de matriculación, Nadie mira si tu respetas la velocidad delante de los poli.Si te queré fastidiar un poli ,fasta tu también con las calsadas en mal estado.
Hola,
Antes de nada, enhorabuena por el artículo. Me ha parecido muy útil.
En este otra web que leí, aparecen los links a la normativa de cada municipio, lo cual es bastante útil también.
caminoperfecto.com/normativa-patinetes-electricos
Te quería preguntar: si mi patinete corre 35km/h y tengo que contratar un seguro, ¿puedo hacerlo solo para 3 meses por ejemplo en vacaciones o tiene que ser para todo el año?
Gracias.
Las póliza son anuales aunque el pago pueda ser mensual, trimestral, etc. En breve traeremos novedades al respecto como el seguro por días, uso…..
Hola,yo tengo el patinete cecotec outsider demigott y de fábrica alcanza los 35 km y tiene sillín,como se consideraría ?y cómo puedo homologarlo?gracias de ante mano
Se consideraria como ciclomotor, el proceso para homologarlo es caro y largo
Ese será útil pa ti no pa los de más,por tu culpa no podemos usar patinetes de alta potencia
No te aconsejo que lo matricules sigue con el,y no lo vendas ,porque hoy en día nadie se fija que está omologau y que no está homologado. Tu sigue con el patinete como hasta ahora. Si te fastidia ,dale trabajo a los polis y D G T que mire las carreteras en mal estado y luego que ponga sus normas
Esta nueva instrucción deja demasiadas lagunas. El que tenga un patinete no homologable le aconsejo que lo venda antes de que se generalice la norma. ¿Los Xiaomi son homologables?
PD: Una bicicleta sin motor, puede circular a velocidades superiores a 25 km/h, sin necesidad de matricularla, sin carnet, seguro, ni impuesto de matriculación.
En efecto pero siempre que el pedaleo sea asistido y deje de estarlo a partir de cierta velocidad
Yo compre uno hace tres meses y no es matriculable ahora que hago
Hola Francisco. Se trata de una instrucción de la DGT y ya es aplicable. No obstante se espera que durante el 2020 se realice una nueva normativa que sea conjunta para toda la UE, habrá que estar a la espera. Yo si fuera tu contactaría con el vendedor y le preguntaría
Si soy yo le digo a la D G T que arregla todas las carreteras que están todas hecho un asco.y después que se ponga el D G T en un patinete y que anda el con 25 Km. Por hora aver si lo atropea a el que pone las normas.
UN MCE A 25 en calles 30 es poner al rider en peligro desde las instituciones
los monociclos electricos o MCE vienen o limitados de fábrica a 20km/h o «por diseño»…. y no tienen acelerador, somos nosotros el acelerador.
los MCE tienen alerta sonora, cosa que los PATINETES con forma de PATINETE no suelen que yo sepa. ESTA es otra medida de seguridad añadida y omitida por lo que veo.
los MCE tienen el pedal tiltback que hace incómoda la conduccion al obligar al rider a bajar la velocidad. si esto lo tuviese un PATINETE seria legal y alabado.
QUÉ PASA CON ESOS MCE CON TANTAS MEDIDAS DE SEGURIDAD QUE NADIE CONOCE Y LOS METEN EN EL SACO?????
Están más interesados en patinetes para multar que arreglar las carreteras,
El tema no es exactamente así, muchos se venden en España con certificado CE, pagando sus correspondientes impuestos de venta. Estos superan esa potencia la cual en la instrucción de la dgt q sólo es eso una instrucción aclarativa, no especifica límite de potencia.
Vienen con certificado de limitación a 25kh y al estar limitados en velocidad según instrucción sería un vmp ya tenga 1000w como si tiene 6000w.
Solo confundis a los usuarios sin constractar la información, cogiendo 4 noticias y leyendoros las 15 hojas de instruccion de la dgt. La cual por ejemplo no es efectiva en las ciudades donde ya de por sí tenían normativa.
Os recomiendo veáis el video de uno de los usuarios el cual si a constractado tanto con la dgt como con ayuntamientos y aclara muy bien como está el tema actúas l ente. Un saludo
https://youtu.be/uTn31wqJrHw
Hola Ginés, efectivamente la potencia no influye siempre que no se superen los 25 km/h de fábrica, pero en caso de que si se superen si que influye ya que debería de matricularse.
No estoy de acuerdo, que se aregla todas las carreteras y luego puede aplicarse su normativa
Hay un contra sentido claro en un punto
Si no es homologado, el autor del artículo, asegura una opción única primero, y luego ya pasa a no ser única. Todo lo demás es bastante clarificador
Hola Leandro si el patinete no es homologable lógicamente no podrá cirgular, no hay que confundir no homologable con no homologado. S2