Se trata de una certificación emitida por el fabricante del patinete eléctrico en el que se deben plasmar todas sus características técnicas. Ampliamos información.
¿Qué debe de incluir esta certificación para VMP?
Como ya hemos nombrado las especificaciones técnicas como:
- Peso
- Potencia
- Velocidad máxima
- Dimensiones
- Tamaño de la ruedas o diámetro
¿Por qué debo de contar con los certificados de circulación para patinete?
A día de publicación de este artículo no te va a ser necesario según la actual normativa de la DGT. Pero según fuentes del Ministerio en el borrador de normativa para vehículos de movilidad personal se va a requerir para aquellos patinetes que no excedan la velocidad máxima de 25 km/h. (tipo B, aquí tienes cada tipología) este certificado por parte del fabricante.
Actualización noticia permiso de circulación para patinetes eléctricos a 11/11/2020
La Dirección General de tráfico todavía tiene que definir que deberá de constar en él (Seguramente sus características técnicas y un número de bastidor identificativo). Por lo que hasta que no se desarrolle por la DGT y se publique no será obligatorio.
Además existirá un periodo transitorio de al menos 24 meses para que los los fabricantes doten a sus clientes de la documentación pertinente, aunque no se descarta la obligatoriedad de otro trámite ante alguna administración pública como por ejemplo la municipal.
Fuente:https://www.boe.es/boe/dias/2020/11/11/pdfs/BOE-A-2020-13969.pdf
Así sí entra en vigor finalmente sin modificaciones los patinetes que no sobrepasen esta velocidad tendrán consideración de vehículos pero sin necesidad de matriculación (Y pago del consecuente impuesto)
Por otra parte, todos aquellos que superen esta velocidad, si finalmente es aprobada la norma tendrán consideración de ciclomotor y por tanto obligación de matricula y seguro para patinete.
Qué necesito para obtener la certificación para circular
Debes de contar con la ficha técnica debidamente sellada por el fabricante, donde consten las características técnicas, además deberás de comprobar que tu vehículo de movilidad personal cuenta con el número de serie del chasis, que coincida con la ficha técnica.
En caso de que el ratio potencia peso obtuviera un rendimiento superior a 25 km/h deberás instalar un limitador de velocidad y contar con la certificación de instalación por una empresa homologada.
En caso de no contar con estos documentos, no tener número de bastidor en el chasis o contar con un ratio potencia que exceda las características de los patines eléctricos tipo B te aconsejamos que contactes con tu vendedor o en su defecto fabricante. A continuación de dejamos enlaces a atención al cliente de las principales marcas
Seguiremos informando, pero antes cuéntanos tus dudas y opinión
Te lo contamos
Éste borrador me parece una majadería. Un VMP debería ser capaz de ir por una calle 30 en una cuesta a 30 km/h y por tanto en llano o en bajada irá más rápido de esa velocidad. Además por seguridad debería poder tener un margen de aceleración que le permita evitar situaciones peligrosas. En realidad poner limitaciones de potencia o velocidad me parece absurdo en general. Por esa regla los coches deberían estar limitados a 120 km/h lo que es absurdo. Lo que tienen que hacer es hacer cumplir los límites de velocidad y ser sancionados en caso de infringirlos igual que con cualquier otro vehículo y dejarse de chorradas.
Hola de nuevo Daniel. Es el eterno debate, entre prohibición por normativa o formación. Quizás en un término medio esté la virtud. Apreciamos tu opinión.
Ya comienzan los asaltantes de carreteras a robar La Paz la economía y Libertad de los Españoles
Los vehiculos no están limitados porque es su fuente de riqueza Son miles de millones los euros que facturan
España es un pos donde conducir es una ruina por culpa de estos individuos que no respetan ni a sus madres
Me podían decir que certificado es E13 .
Para que es ese certificado
Tengo patinete eléctrico dualtron x
El vendedor me dice de darme certificado e13 para tenerlo todo en regla y poder circular.
Entendemos que se trata de las característica técnica, pero debes de preguntarlo a tu vendedor
A todo esto, habrá que pasar la itv, otra firma de sacar 1/4
Está todavía por ver. Podría ser que valiese con las características técnicas del fabricante. Os iremos informando
No me cuadra nada !! Es decir, si mi patín supera los 25 km/h y es considerado ciclomotor, a lo cual me obligan a matricularlo, porque debo limitarlo a 25km/h ? Y si se le considera ciclomotor, porque me prohiben ir por una vía interurbana cuando los ciclomotores si están permitidos ? No me cuadra nada esta nueva normativa al igual que todas las anteriores que han propuesto, me indigna.
Interpretamos que si la velocidad es superior a 25 km/h deberás matricular tu patinete y pasará a tener consideración de ciclomotor, con todo lo que ello conlleva, tendrá forma de patinete, pero será un ciclomotor a efectos legales.
Ami que ya me robaron mis puntos según la DGT joderme Esto de no poder circular por vías interurbanas me matan vivo en una urbanisacion limitrofe con la ciudad Tendre que meter el patín en el bus para los 3 kilometros que me separan de mi ciudad
Las infraestructuras siempre van por detrás de las normativas….
El link de xiaomi no funciona, solo redirige a su web ??
Dirige a su web en la sección donde podrás ver todos sus centros de servicio más próximos a tu dirección donde tramitar la certificación del patinete Xiaomi en su caso. Un saludo
Es absurdo. Todo esto. Ejemplo yo tengo que entrar casi 2 calles para llegar donde vivo el mio no pasa de 20 km. Y tengo que ir por esa calle peatonal entonces que me multarán?? y encima la gente generaliza y desde ayer la gente se cree con derecho de gritale lo que les da la gana. Si exigen normas también necesitamos respeto
Hola Claudia. Está claro, una cosa es realizar una normativa y otra adaptar las calles. Yo en tu caso recorrería esas calles peatoles a pie junto al patinete hasta que adapten un carril bici u homologable…
Si un patinete no supera los 25km/h debe tener un permiso de circulación?
Hola Beatriz, según se desprende de la normativa publicada si deberá de contar con él. Un saludo
Yo hace 6 meses compré uno de segunda mano y no tengo papeles nu factura , que debería hacer para conseguir el certificado
De momento tranquilidad. De todas formas casi todos los patinetes tienen un número de bastidor, búscalo y quizás te sirva para obtenerlo.
No encuentro el numero de bastidor. Tengo un iwatroad r9. Si la empresa que me lo vendió cerró, y el fabricante no da señales de vida, qué hago? Gracias
Mira en el chasis, debe de estar
Esta por abajo. Es una pegatina ..q se puede despegar….. Era floatup. Sl . Ha cerrado ? A ver… Yo tengo uno. . Y Tampoco tengo el certificado… Es q además se han vendido muchos y distribuidos bajo diferentes marcas.
Esto va a dejar 4 marcas grandes y el resto….
Se debería multar el exceso d velocidad y dejarse d cuentos. SI tienes 250 W y pesas 50 kilos …. Andará mas q 350W y 100 kilos. Ningún sentido….
como funcioanara con las personas que no tenemos patinetes pero si que lo alquilamos..???
estamos desprotegifos con esta ley
La empresas de alquiler de flotas o «sahring» (En este caso patinetes) son las obligadas a cumplir con estos requisitos, no tu como usuaria.
Tengo un patinete vicsound de 5000w 42ah que por supuesto va más rápido de 25km/h. Tengo que conseguir que en las especificaciones me pongan vel max 45km/h para poder matricularlo como ciclomotor, verdad? Y es de 60v Haber si me pueden ayudar por favor los pasos a seguir para matricularlo.creo que entra en vigor a partir del 2de enero de 2021
Lo primero que debes de hacer es dirigirte a su servicio técnico para conseguirlas. Ten en cuenta que sinó es modelo homologado CE te va a resultar o carísimo o imposible homologarlo como un ciclomotor.
Hola. Leyendo el boe no encuentro donde dice que hay de plazo 24 meses para que sea obligatorio portar el certificado de circulación. ¿Donde aparece eso? Yo estoy leyendo que lo están exigiendo.
A fecha de hoy no está redactadada la instrucción de lo que debe constar, por lo que si te lo piden, realmente no saben lo que tienen que pedir…..
Tengo un Dualtron Thunder y me acaba de parar la policía municipal en La Manga Del Mar Menor. Me han dado un aviso, de que tengo q matricularlo y llevar seguro obligatoriamente, por tratarse de un ciclomotor con categoría L1e-B.
Esto es así?.
He leído en la regulación, q la categoría L1e-A es para los accionados a pedal.
Gracias!!!
Si las especificaciones técnicas puede superar los 25 km/h se considera un ciclomotor y debe contar con seguro, matrícula, licencia…..